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Requisitos para cerrar una terraza privada en un edificio de apartamentos

Posted by inm on 22. marzo 2018
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Hasta la promulgación de la reforma de la Ley española condominio (WEG), por la Ley 8/2013, que fue aprobado el 27 de junio de 2013, las siguientes condiciones en el cierre de una terraza privada tuvieron que ser atendidas en un edificio de apartamentos: la decisión unánime de todos los vecinos de la asociación de propietarios, ya que esto fue un cambio en el título fundador de la Comunidad y cualquier cambio a este documento requiere unanimidad. Por lo tanto, era una regla excesivamente estricta, especialmente con respecto a la unanimidad requerida.

Tras la mencionada reforma de la Ley de propiedades de la vivienda (WEG) mediante la Ley 8/2013, la regla de la unanimidad ahora se ha relajado en estos casos específicos en que las terrazas privadas en viviendas multifamiliares están cerradas. Ahora son necesarios 3/5 de los votos de los propietarios. Sin embargo, estos también deben representar 3/5 del total de acciones.

Sin embargo, esta mayoría en la reunión de propietarios no es el único requisito para cerrar una terraza privada. El Artículo 10.3.b) de la Ley de Propiedad de Vivienda establece claramente que esto requiere aprobación regulatoria previa, es decir. Antes de la votación en la reunión de propietarios, es necesario que el municipio (u otra autoridad competente) haya emitido la licencia o el permiso necesarios en el lugar donde se encuentra el edificio de apartamentos.

Asimismo, también se requiere, en virtud de dicho artículo, que se otorgue el consentimiento de los propietarios afectados por las obras. Estos deben explicar y probar qué deterioro sufren por el cierre de la terraza.

Un punto importante es el hecho de que la comunidad de propietarios está autorizado en el expreso realizado en la terraza de la obra final en la forma y en el caso de que este es un conflicto con el solicitante / titular se crea, se puede solicitar que un técnico El profesional juzga en este sentido.

El propietario, que quiere cerrar su terraza y cuenta con un permiso de la autoridad y la necesaria 3/5 mayoría de la asociación de propietarios, pagará todos los gastos incurridos en el que dicho cierre, y, en su caso. El pago de la compensación por las molestias que esta forma a otras personas surgir y también puede probar esto. La reunión de propietarios votará quién puede solicitar el informe técnico en caso de disputas entre el beneficiario y la víctima / víctima.

En el caso de que hacemos el cierre de nuestra terraza privada sin la aprobación y el apoyo de la mayoría de los 3/5 de la asociación de propietarios, que deben cumplir con 3/5 parte de la propiedad, al mismo tiempo oficial, corremos el riesgo de dos maneras:

Que un procedimiento de sanción o demolición es iniciado por el municipio o la autoridad competente, ya que el cierre se llevó a cabo sin una licencia o licencia correspondiente.
Que la comunidad de propietarios nos demandó en la corte para desmantelar el cierre y restaurar el patio a su condición anterior. Por supuesto, tendríamos que pagar los costos resultantes, así como también los pagos de compensación a la comunidad y a los vecinos.

Feliu Martorell
Illeslex